Técnico/a Economía y Recursos Humanos

El Consorcio «Parque de las Ciencias» de Granada se configura como el primer centro interactivo de ciencia y museo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyos principales objetivos son promover la divulgación de la ciencia; fomentar la cultura científica, tecnológica, sanitaria y ambiental; potenciar el desarrollo de la didáctica de la ciencia, mantener un permanente intercambio con centros análogos, y contribuir a la formación del alumnado, del profesorado y de otros profesionales de los centros docentes y a la formación integral y continuada de la ciudadanía en el ámbito de la ciencia, así como a la promoción de la actividad socioeconómica y a la innovación en su entorno.

La presente convocatoria se realiza en aplicación de lo dispuesto art. 13.1. de la Ley 6/2019, de 19 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2020, que señala «Durante el año 2020 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica estatal. En las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, la tasa de reposición del personal laboral no incluido en el VI Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía será la establecida con carácter máximo por la legislación básica del Estado, siempre que quede debidamente motivada la necesidad de la tasa para la adecuada prestación del servicio o para la realización de la actividad.»

Por su parte el artículo 13.3 de la citada Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dispone que, la contratación de personal con carácter fijo o indefinido o temporal en las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, sociedades mercantiles del sector público andaluz, consorcios, fundaciones y demás entidades a que se refiere el artículo 5 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía requerirá autorización conjunta de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública y en materia de Regeneración.

Habiéndose recibido la preceptiva autorización el 19 de mayo de 2020 por parte de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia, y Administración Local y la Secretaría General para la Administración Pública de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se procede a convocar públicamente con arreglo a los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, un proceso selectivo que se regirá por lo dispuesto en estas bases; por lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores; por lo preceptuado en el Estatuto Básico del Empleado Público; por lo establecido en la Leyes del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y del Estado; por lo establecido en la Instrucción Conjunta 1/2018, de 30 de mayo, de la Dirección General de Planificación y Evaluación y de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los criterios generales y los procedimientos de aplicación para la contratación de personal con carácter indefinido y temporal por las Entidades del Sector Público Andaluz; y, por último, por lo dispuesto en la Resolución Conjunta de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia y de la Secretaría General para la Administración Pública de 19 de mayo de 2020, por la cual se autoriza la contratación indefinida propuesta.

La presente convocatoria se regirá por las siguientes bases:

1. Objeto de la convocatoria.

Se procede a convocar públicamente un proceso selectivo para un puesto indefinido con la categoría de Técnico/a de Economía y Recursos Humanos (Personal de Gestión), perteneciente al Consorcio Parque de las Ciencias, con referencia de la convocatoria: Ref.: CF/001/20 TECRH.

Información sobre la contratación:

  • Modalidad contractual: Contrato indefinido (periodo de prueba de 6 meses).
  • Retribución: 29.503,74 euros brutos anuales + variable a distribuir a criterio de la Dirección con una periodicidad de pago cuatrimestral con un importe a distribuir anualmente que será, como máximo, el 5% de la masa salarial.
  • Ubicación: Granada

2. Funciones principales del puesto.

A continuación se detallan, sin carácter exhaustivo, las funciones a desarrollar bajo la dependencia de la Dirección del Área de Economía, Administración y Servicios Generales y Recursos Humanos:

1. En materia de Gestión Económico-Financiera:

a) Supervisión de los procesos contables y la calidad de la información económica.
b) Coordinar la elaboración del presupuesto anual y seguimiento de su ejecución.
c) Interlocución con los auditores externos, supervisión de la documentación y los trabajos realizados.
d) Relaciones con organismos de fiscalización públicos: Intervención General de la Junta de Andalucía, Cámara de Cuentas, entre otros. Será igualmente responsable de la atención en plazo y con la calidad requerida los requerimientos de información económica.
e) Relaciones con los patronos del consorcio.
f) Relaciones con entidades financiadoras en todo lo que sea directamente relacionado con la gestión económica del museo y sus proyectos.
g) Realización de todo tipo de revisiones internas (financieras, subvenciones…).
h) Gestión y seguimiento de la tesorería, relaciones con entidades financieras, supervisión de cobros y pagos.
i) Verificación de los sistemas de información de Gestión Económica del centro, con motivo de garantizar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa para la toma de decisiones.
j) Labores de Control de Gestión y Económico-Financiero.

2. En materia de Recursos Humanos:

a) Diseño e implantación de los procedimientos de administración de personal.
b) Dar soporte a la planificación, organización, gestión y desarrollo del capital humano del museo, en función del presupuesto de la entidad en cada ejercicio.
c) Colaborar con la Dirección de Economía y Recursos Humanos en la implantación de las políticas de relaciones laborales, así como de los mecanismos que garanticen el cumplimiento de la legislación vigente, y en materia de retribuciones.
d) Participar en los procesos de selección de personal.
e) Interlocución con la asesoría laboral del Consorcio.
f) Detección de las necesidades formativas del personal del museo, elaboración del Plan Anual de Formación y colaboración en la implantación y ejecución del mismo.

3. Requisitos de la convocatoria.

3.1. Requisitos mínimos de la convocatoria (excluyentes):

  • Licenciatura en Administración y Dirección de Empresas, Economía, Derecho o grado universitario equivalente. La titulación deberá estar expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes de España, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio, conforme al marco legal de aplicación.
  • Mínimo tres años de experiencia en puestos de gestión económico-financiera en el ámbito del sector público.
  • Nivel de inglés B2 acreditado.
  • Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, u ostentar el derecho a la libre circulación de trabajadores, conforme al Tratado de la Unión Europea o a otros tratados ratificados por España, o tener reconocido tal derecho por norma legal. Se exigirá tanto el Permiso de Residencia como el de Trabajo, de los extranjeros no contemplado en lo anterior.
  • Ser mayor de edad y no exceder la edad de la jubilación forzosa.
  • Las personas con discapacidad que participen en el proceso de selección deberán poder acreditar un grado de discapacidad igual o mayor del 33% y la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias del puesto, mediante el certificado correspondiente por el organismo competente en la materia. 
  • No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualesquiera de las administraciones públicas o de sus organismos, entidades, empresas, fundaciones o cualesquiera empleadoras dependientes o vinculadas a las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo público, ni para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto objeto de la convocatoria. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso al empleo público.
  • No estar incurso en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

3.2. Requisitos valorables:

Se considerarán requisitos valorables los siguientes (máximo 7 puntos de la valoración total, para aquellos candidatos que reúnan los requisitos mínimos): Se evaluarán en relación con el siguiente baremo de méritos.

a) Experiencia: Máximo 4 puntos

  • Por cada año completo de experiencia, adicional a los tres años mínimos requeridos como requisito mínimo de experiencia en gestión económica-financiera en cualquiera de las entidades adscritas al Sector Público Andaluz, 1 punto por cada año de experiencia laboral. En caso de ser inferior se calculará la proporción.
  • Por cada año completo de experiencia en recursos humanos en el ámbito del sector público: 0,5 puntos por cada año de experiencia laboral. En caso de ser inferior se calculará la proporción.

b) Formación: Máximo 3 puntos

  • Formación especializada en gestión económico-financiera, contabilidad presupuestaria, fiscalidad, auditoría o recursos humanos (máximo 1,5 puntos):
    • Formación igual o mayor a 200 horas: 1 punto.
    • Formación entre 50 y 199 horas: 0,5 puntos.
    • Formación menor a 50 horas: 0 puntos.
  • Formación especializada en el ámbito de la ciencia o innovación, gestión de proyectos o gestión de subvenciones (máximo 1 punto):
    • Formación igual o mayor a 200 horas: 0,75 puntos.
    • Formación entre 50 y 199 horas: 0,35 puntos.
    • Formación menor a 50 horas: 0 puntos.
  •  Ofimática (máximo 0,25 puntos):
    • Formación igual o mayor a 100 horas: 0,25 puntos.
    • Formación entre 50 y 99 horas: 0,15 puntos.
    • Formación entre 25 y 49 horas: 0,05 puntos.
  • Conocimiento de idiomas (máximo 0,25 puntos):
    • Nivel C1 o superior acreditado: 0,25 puntos
    • Por tener otros conocimientos de idiomas distintos al inglés: 0,10 puntos por certificado.


c) Entrevista personal: Máximo 3 puntos

Se realizarán diferentes entrevistas de selección por competencias, encaminadas a identificar la persona que se adapte mejor a las siguientes competencias personales:

• Visión global y resolutiva.
• Autonomía e iniciativa en el desempeño de sus funciones.
• Riguroso/a y responsable.
• Con marcada vocación de servicio al resto de áreas del Consorcio y su entorno.
• Orientado/a a resultados.
• Habituado/a a la gestión del cambio.
• Disposición para trabajo en equipo y entornos de presión.

4. Comisión de Selección.

A efectos de valoración del proceso de selección, se constituirá una Comisión de Valoración, según criterios recogidos en artículo 60 Estatuto Básico del Empleado Público, cuyos miembros han sido designados por la Dirección Gerencia de esta entidad, y que estará integrada por:

  • Presidencia: Persona que ostenta la titularidad de la Dirección-Gerencia del Consorcio o persona en quien delegue.
  • Vocal 1: Director del Área de Economía y Recursos Humanos del Consorcio.
  • Vocal 2: Director del Área de Ciencia y Educación del Consorcio.

Ejercerá las funciones como secretario el Letrado y Secretario Técnico del Consorcio.

Corresponde a la Comisión de Selección el desarrollo de las distintas fases del proceso. Para ello, a su criterio, podrá estar asesorado por entidades o técnicos especialistas.

La Comisión solo valorará los méritos que hayan sido debidamente alegados y acreditados documentalmente por las personas participantes, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos mínimos exigidos en la convocatoria.

Únicamente serán valorados los méritos que se ostenten a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, no computándose los obtenidos con posterioridad.

En ningún caso, la Comisión podrá otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la señalada.

5. Proceso de Selección.

a) Comprobación de requisitos mínimos para participar en el proceso de selección:

Las personas que reúnan los requisitos mínimos establecidos en el apartado 3.1 participarán en el proceso de selección.

Se publicará en la página web del Parque de las Ciencias el listado provisional de las personas admitidas y excluidas incluyendo en este último caso las causas de exclusión, figurando como dato identificativo de cada candidatura las cuatro últimas cifras del DNI más letra. A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de 3 días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación, las cuales se deben remitir por la misma vía de presentación de solicitudes indicada en el apartado 6, haciendo referencia en el asunto a la denominación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo y una vez analizadas, valoradas y respondidas las alegaciones por la Comisión de Valoración, se publicará la lista definitiva de candidaturas que pasan a la siguiente fase, la cual servirá de resolución a las reclamaciones recibidas.

b) Baremación de méritos:

Esta fase encaminada a evaluar los requisitos valorables se iniciará con la evaluación de los méritos presentados por las candidaturas que hayan superado la fase anterior de cumplimiento de requisitos. La puntuación máxima para esta fase será de 7 puntos.

Pasarán a la siguiente fase de entrevista las cinco candidaturas que obtengan las mejores puntuaciones en Baremo de Méritos. En caso de empate pasarán asimismo todos aquellos que obtengan la misma puntuación que el quinto lugar.

Se publicará en la página web del Parque de las Ciencias, listado provisional de las personas baremadas, admitidas y las excluidas -incluyendo causa de exclusión-, figurando como dato identificativo de cada candidatura las cuatro últimas cifras del DNI más letra, con la puntuación obtenida en esta fase.

A la misma se podrán presentar alegaciones en el plazo de tres días hábiles contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la mencionada lista. Las alegaciones se deben remitir por la misma vía de presentación de solicitudes indicada en el apartado 6, haciendo referencia en el asunto a la denominación de la convocatoria.

Transcurrido dicho plazo y una vez analizadas, valoradas y respondidas las alegaciones, se publicará la lista definitiva de candidaturas que pasan a la siguiente fase.

6. Documentación acreditativa a aportar.

La solicitud de participación, que se ajustará al modelo que como Anexo I acompaña a la convocatoria, irá dirigida a la Dirección de la entidad y a la misma se adjuntará:

– Fotocopia del DNI, pasaporte, NIE o documento equivalente para los ciudadanos de la Unión Europea.
– Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria.
– Currículum vitae.
– Fotocopia de la documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum vitae.

7. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.

Las bases de esta convocatoria, se encuentran también disponibles en:
– Página web del Parque de las Ciencias: www.parqueciencias.com.
– Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigible en la convocatoria será de 15 días naturales desde el siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El lugar de presentación de solicitudes y documentación acreditativa exigida en la convocatoria será en formato papel en el Registro General del Consorcio, con sede sita en Avenida de la Ciencia, s/n, C.P. 18006, Granada, ello sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

No se admitirán solicitudes de participación remitidas por otras vías. Tanto la no entrega de solicitudes o documentación cómo su presentación fuera de plazo será causa automática de exclusión del proceso de selección.

Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria cualquier falsedad, anomalía o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados. Asimismo, la falta de presentación de la documentación general y acreditativa será motivo de exclusión.

Granada, 06 de octubre de 2020.

LA DIRECCIÓN GERENCIA EN FUNCIONES
(Resolución Presidencia 23/04/2019)
Dª. Cristina González Sevilla

BOJA20-224-00006-12510-01_00179828.pdf
Bases y Solicitud de participación